martes, 4 de noviembre de 2008

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN HOTELES: DORMIR TRANQUILOS


SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN HOTELES:

En Seguridad contra Incendios, la primera observación que un Hotel debe considerar es que las medidas de protección aportan seguridad y confianza, y por tanto deben considerarse una inversión prioritaria y no un gasto porque lo exija la legislación. La evolución de sector turismo, la competencia y el concepto de excelencia están cambiando muchos conceptos y filosofías de actuación en el sector hotelero. La oferta de más calidad va ligada invariablemente al de más seguridad, así los mejores establecimientos hoteleros buscan las últimas tecnologías y novedosas aplicaciones que han demostrado en pruebas de laboratorio la mayor eficacia.

Para realizar una inversión duradera, es aconsejable planificar desde la fase de proyecto del edificio el diseño de la instalación de protección contra incendios, dependiendo de las características del propio hotel, tamaño, morfología, etc. Además del diseño y la instalación de los mejores sistemas, se debe cuidar hasta el más mínimo detalle el mantenimiento, ya que es el que nos va a asegurar que el sistema conserva el mismo nivel de calidad y eficacia durante el tiempo de vida útil de cada uno de los equipos y sistemas de protección.

El incendio es uno de los riesgos más comunes en la actividad hotelera. Según los datos de las aseguradoras, durante 2007 se han producido alrededor de 6 incendios diarios en establecimientos hoteleros, en las cocinas, salas de estar y habitaciones, con pérdidas anuales de millones de euros.

La Propiedad del hotel es responsable de prevenir el riesgo de incendio, acometiendo las medidas oportunas. Las más básicas son: evaluar el riesgo, en base a ello establecer un plan para la prevención de incendio, designar quién es el responsable de dirigir cada parte del plan de seguridad, dotar el establecimiento de medios de detección y extinción de incendios y evacuación de humos, señalización luminiscente, establecer las vías de evacuación adecuadas, realizar programas de formación preventiva entre los empleados, distribuir entre los clientes información sobre planes y cómo actuar en caso de incendio, y facilitar la intervención de los servicio públicos de emergencias. Además, es imprescindible realizar un mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y sistemas de detección y extinción, y actualizar periódicamente el Plan de Evacuación y Emergencias cuando se han realizado obras en el edificio.

CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN

Existen unas medidas de protección contra incendios obligatorias en la normativa española actual, como las señaladas en el Código Técnico de la Edificación (CTE), el Reglamento de Instalaciones de Seguridad contra Incendios y las diversas normas UNE o UNE EN, que abarcan respectivamente la edificación, las instalaciones y empresas instaladoras y mantenedoras, y la calidad de los productos.

El CTE, que ha entrado en vigor durante 2006, es de aplicación obligatoria en los proyectos y las obras de nueva construcción, de reforma de edificios o cambio de uso de los mismos.

El CTE en su apartado de seguridad en caso de incendio, establece medidas para impedir la propagación de un incendio, tanto interior como exterior al edificio; para facilitar la evacuación de ocupantes del edificio en condiciones de seguridad; se prevé la instalación de sistemas de detección, control y extinción; medidas para facilitar la intervención de los bomberos y, finalmente, las medidas necesarias para que los elementos estructurales mantengan su función durante el tiempo necesario. Además, se establecen las condiciones de reacción y resistencia al fuego que deben cumplir los elementos constructivos.

PROTECCIÓN ACTIVA: Detección, control y extinción del incendio

El CTE cuenta con unos Documentos Básicos (DB). En el caso de incendio, (SI), éste Documento tiene por objeto establecer reglas y procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio. La correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. La correcta aplicación del conjunto del DB supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio".

Entre las secciones que se recogen en el DB SI está la Sección SI 4: Detección, control y extinción del incendio.

En esta Sección se recoge que los edificios deben disponer de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican. En la tabla 1 se señala la instalación de una serie de elementos de protección contra incendios, que deben tener los edificios en general. En el texto, además, se señala la instalación complementaria de sistemas de PCI, según el uso y actividades que se desarrollen en el edificio. En el caso de hoteles se regirá por el Uso Residencial Público (Tabla 2) que se define en el texto legal de esta manera: “Edificio o establecimiento destinado a proporcionar alojamiento temporal, regentado por un titular de la actividad diferente del conjunto de los ocupantes y que puede disponer de servicios comunes, tales como limpieza, comedor, lavandería, locales para reuniones y espectáculos, deportes, etc. Incluye a los hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos, etc.

Las zonas de los establecimientos de uso Residencial Público destinadas a otras actividades subsidiarias de la principal, como cafetería, restaurante, salones de actos, locales para juegos o espectáculos, etc., deben cumplir las condiciones relativas a su uso”

El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios” (RIPCI), en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones requiere la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento.


PROTECCION PASIVA:

Se contempla básicamente en los Documentos SI 1, que hace mención de sistemas compartimentadores, sistemas de sellado de paso de huecos, conductos de ventilación… En el Documento SI 2, con mención a las franjas resistentes al fuego, en el Documento SI 3, con las características de los pasillos y escaleras de evacuación, así como de los medios de control de humos, y en el Documento SI 6, donde se trata todo lo relacionado con la protección estructural, tanto si es metálica como de otros materiales, y que se complemente en los Anejos.

PRODUCTOS CON MARCADO CE

La principal garantía al adquirir los productos contra incendios es que lleven marca de calidad y / o Marcado CE , este último exigido por el nuevo CTE. Asimismo, los trabajos de instalación y mantenimiento de los sistemas y equipos de PCI deben ser realizados por empresas instaladoras y mantenedoras autorizadas por las Consejerías de Industria de las Comunidades Autónomas, en los apéndices que señala el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (R. D. 1942/1993, de 5 de noviembre) y que corresponden al trabajo a realizar.

Seguridad contra incendios en la industria: Reglamentación


Tradicionalmente, la industria es uno de los sectores que encabeza el ránking en número de incendios. Según las compañías aseguradoras, en España, este sector sufre una media de 8 incendios diarios declarados y un número mucho mayor de conatos. De los incendios declarados, el 20 por ciento de las industrias que los sufren quedan completamente destruidas y sin posibilidad de volver a la actividad, perdiéndose la productividad y los empleos, directos e indirectos, y produciéndose el cierre de las mismas.

Esta situación provocó que desde numerosos ámbitos se lanzara la voz de alarma y se instara a las autoridades competentes a reglamentar el sector. Afortunadamente, hace un año se publicó el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI), aprobado por Real Decreto 2267, de 3 de diciembre, (BOE 303, de 17 de diciembre de 2004). El objeto del Reglamento es conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de carácter industrial.

Este Reglamento resulta muy beneficioso como conjunto reglamentario básico de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. En el Reglamento se definen los requisitos y las condiciones que deben cumplir los establecimientos e instalaciones de uso industrial para su seguridad en caso de incendio, así como para prevenir su aparición, o si se desencadena dar la respuesta adecuada al mismo, limitando su propagación y posibilitando su extinción; todo ello con el fin de anular o reducir los daños que los incendios puedan producir a personas o bienes.

El Reglamento clasifica también el riesgo intrínseco del establecimiento en función de valores de carga de fuego y su ubicación en relación con el entorno. Seguidamente, y de acuerdo con esta clasificación, se establecen los niveles de protección, tanto activa como pasiva, que permiten detectar, contener y extinguir un posible incendio en la industria en cuestión.

Asimismo, se admite el uso de otros métodos para el cálculo del riesgo intrínseco; se regulan por primera vez los almacenamientos, sobre todo los logísticos y autoportantes; se amplía el texto sobre ventilación de las instalaciones, y se ponen ejemplos de distintas situaciones; se incluye un nuevo apartado de definiciones; y se ofrecen soluciones de accesibilidad a las naves según fachada y tipología.

Por señalar solo algunos de los aspectos más relevantes del RSCIEI, que pueden ayudar a entender la magnitud de esta normativa, extraemos aquellos que nos parecen de mayor relevancia, siempre remitiendo a aquellas industrias que lo necesitan a consultar a un experto en el tema. Así hay que tener en cuenta las siguientes condiciones:

· Se delimita la definición de "establecimientos industriales": las industrias, los almacenamientos industriales, los talleres de reparación y los estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías, así como los servicios auxiliares o complementarios de las actividades comprendidas en los puntos anteriores.

· Para la construcción de estas instalaciones se exige la presentación de un proyecto redactado y firmado por un técnico titulado competente y visado por su Colegio Oficial. El proyecto deberá indicar los materiales, aparatos, equipos, sistemas o sus componentes sujetos a marca, de conformidad a normas incluidos en el proyecto.

· La puesta en marcha de los establecimientos industriales requerirá la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, de un certificado en el que se ponga de manifiesto la adecuación de las instalaciones al proyecto y al cumplimiento de las condiciones técnicas y prescripciones reglamentarias que correspondan, con objeto de registrar la referida instalación.

· Con independencia de la función inspectora asignada a la Administración Pública competente, los titulares de los establecimientos industriales deberán solicitar a un organismo de control facultado para la aplicación de este Reglamento, la inspección periódica de sus instalaciones, así como la ejecución de las medidas correctoras de las deficiencias detectadas como consecuencia de estas inspecciones. También se contemplan programas de mantenimiento preventivo de los medios existentes de protección contra incendios.

· En caso de incendio, existe la obligación de comunicarlo al órgano competente de la Comunidad Autónoma en el plazo de quince días, así como la investigación a realizar por éste, con ayuda de los especialistas del Cuerpo de Bomberos, organizaciones o técnicos competentes.

· En el Reglamento se detallan pormenorizadamente aspectos tales como la caracterización de los establecimientos industriales, los requisitos constructivos y edificatorios de estos establecimientos, los requisitos y condiciones que deben cumplir las instalaciones, aparatos, sistemas y servicios de mantenimiento de dichas instalaciones, así como la normalización de los mismos.

· Por otra parte, dada la extensión y complejidad del Reglamento, se dispone que el Centro Directivo competente en materia de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio elaborará y mantendrá actualizada una Guía Técnica de carácter no vinculante, para la aplicación práctica de las disposiciones del Reglamento y sus apéndices técnicos, la cual puede establecer aclaraciones en conceptos de carácter general.

· Finalmente, se contempla el régimen sancionador y se dispone que el incumplimiento de lo dispuesto en este Reglamento dará lugar a las responsabilidades y sanciones, en su caso, que correspondan de conformidad con lo dispuesto en el Titulo V de la Ley de Industria, de 16 de julio de 1992 en el capítulo VI de la Ley de Protección Civil de 21 de enero de 1985 y en el Capítulo II del Real Decreto Legislativo de 4 de agosto de 2000, por el que se aprobó la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

jueves, 2 de octubre de 2008

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN HOSPITALES


PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN HOSPITALES


Cuando se hace referencia a la seguridad contra incendios en hospitales suele venir a la memoria un suceso muy dramático ocurrido en julio de 2005 en un hospital de San José en Costa Rica, en el que murieron 20 pacientes. El incendio se inició en una zona sin salidas de emergencia, con techo y paredes de madera, y con graves carencias en el Plan de Emergencias y en los medios de seguridad contra incendios requeridos.

Por ello, la protección contra incendios en este tipo de establecimientos donde residen personas enfermas y que no se valen por sí mismas hay que extremarla. En España, las medidas mínimas que debe cumplir un hospital vienen detalladas en el Código Técnico de la Edificación (CTE), en su denominación de Uso Hospitalario. El término hospitalario es de aplicación a los edificios asistenciales sanitarios (hospitales, clínicas, sanatorios) que cuentan con hospitalización de 24 horas y que están ocupados por personas que en su mayoría son incapaces de cuidarse por sí mismos.

Así, los edificios de uso hospitalario deben ser diseñados, construidos, mantenidos y gestionados de tal manera que se minimicen las posibilidades de una emergencia por fuego que requiera la evacuación de los pacientes.

Además, se deben cumplir una serie de condiciones de compartimentación, evacuación y señalización. La norma realiza una definición de los requisitos de comportamiento al fuego de los elementos constructivos y materiales, para garantizar la estabilidad y resistencia térmica del edificio. Se determina la estabilidad ante el fuego exigible a la estructura portante del edificio, la resistencia exigible a los elementos constructivos, etc.

Uno de los aspectos cruciales en protección contra incendios en hospitales para evitar la evacuación de los pacientes hospitalizados es la COMPARTIMENTACIÓN. Por ello, las plantas con zonas de hospitalización o con unidades especiales (quirófanos, UVI, etc.) deben estar compartimentadas al menos en dos sectores de incendio, cada uno de ellos con una superficie construida que no exceda de 1.500 m2 y con espacio suficiente para albergar a los pacientes de uno de los sectores contiguos. Se exceptúa de lo anterior aquellas plantas cuya superficie construida no exceda de 1.500 m2, que tenga salidas directas al espacio exterior seguro y cuyos recorridos de evacuación hasta ellas no exceda de 25 m.

En otras zonas del edificio, la superficie construida de cada sector de incendio no debe exceder de 2.500 m2

En la sección SI 4 Detección, control y extinción de incendios del CTE, se señala que los hospitales deben disponer de determinados equipos e instalaciones de protección contra incendios.

DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS

Extintores portátiles. Se dispondrán extintores en número suficiente para que el recorrido real en cada planta hasta un extintor no supere los 15 m. Cada uno de los extintores tendrá una eficacia como mínimo 21A-113B. En zonas de Riesgo Especial Alto, de más de 500 m2, un extintor de carro de 25kg.

Columna seca. Cuando la altura sea mayor de 15 m.

Boca de Incendio Equipada(BIE). En todo caso (BIE 25 mm). En los lugares de riesgo especial alto, BIE de 45 mm.

Instalación de detección y alarma. En todo caso. Se dispondrán pulsadores manuales de alarma en los pasillos, zonas de circulación, zonas de tratamiento intensivo y en locales de riesgo alto. Se dispondrán detectores de humo en las zonas de hospitalización. Se dispondrán detectores adecuados al riesgo en toda zona de riesgo alto. Cuando el edificio tenga más de 100 camas deberá contar con comunicación telefónica directa con Bomberos

Alumbrado y ascensor de emergencia. En zonas de hospitalización y tratamiento intensivo, el alumbrado de emergencia proporcionará una luminancia no menor de 5 lux, durante 2 horas como mínimo. Aquellas de estas zonas, cuya altura de evacuación sea mayor de 15m, dispondrán al menos de un ascensor de emergencia.

Además se exigen determinadas condiciones para la accesibilidad a los edificios de los servicios de extinción de incendios. Y se instalará al menos un hidrante exterior (aparato hidráulico para toma de agua de los bomberos) en los hospitales cuya superficie total construida es mayor de 2.000 m2.

El Director de Seguridad y/o Mantenimiento debe verificar externamente que los productos y equipos llevan la marca de conformidad a normas (norma UNE/EN, Marcado CE). Además, debe exigir a las empresas instaladoras y mantenedoras su certificado y autorización por la Consejería de Industria correspondiente, según señala el RIPCI, Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. Asimismo, entre las obligaciones del responsable del mantenimiento figura el cumplir los requisitos del RIPCI, que incluye la contratación de empresa mantenedora autorizada para las actividades y plazos del apéndice.

ESTAR PROTEGIDOS CONTRA INCENDIOS EN EL TRABAJO

RECOMENDACIONES BÁSICAS DE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS


Los lugares de trabajo, integrados en algún tipo de edificio, sea cual sea su actividad: oficinas, comercios, salas de ocio, hospitales, industrias deben cumplir una serie de medidas de seguridad contra incendios para salvaguardar a los trabajadores, visitantes y bienes.

Las normativas actuales en esta materia son el Código Técnico de la Edificación (CTE), el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales, las Ordenanzas Municipales, las Normas UNE-EN, etc.

En estas normativas se incluyen unos preceptos mínimos para la protección contra incendios, de los edificios, para las empresas instaladoras mantenedoras del material contra incendios y para los propios productos instalados.

Hay dos grandes áreas de protección contra incendios, la protección pasiva y la protección activa. La protección pasiva consiste en una serie de elementos constructivos y productos especiales dispuestos para evitar el inicio del fuego (ignifugación de los materiales), evitar que se propague (compartimentación, cerramientos, sellados y protección estructural) y que la estructura no se colapse, para facilitar la evacuación de las personas y una actuación segura de los equipos de extinción.

Los productos de protección pasiva contra incendios tienen que cumplir la normativa vigente. Superan estrictos ensayos realizados por laboratorios acreditados que demuestran su eficacia (reacción, resistencia /o estabilidad) en pruebas con fuego real. Tras las pruebas son aptos para su instalación atendiendo a una serie de parámetros (soportes, espesores, aplicación, etc.) bien definidos.

La Ignifugación: es el proceso que incorpora un elemento o aditivo ignifugante a un material inflamable con el fin de mejorar su reacción ante el fuego. Requiere la realización de ensayos de reacción al fuego de los materiales: textiles, como cortinas, telón, moquetas, tapicerías; maderas; y plásticos

La compartimentación, incluye: Cerramientos: Placas y paneles para incrementar la resistencia al fuego de las construcciones que se aplican en muros y cerramientos en general, conductos de ventilación, falsos techos, etc. Sellados: Medios o soluciones utilizados para la sectorización, evitando que el fuego, los gases inflamables y la temperatura pasen de una parte a otra del sector de incendio del edificio a través de los huecos de pasos de instalaciones. Se tienen que sellar todo tipo de huecos, penetraciones, cables y tuberías.

Las puertas cortafuego son puertas de paso y cierre, pero también, y sobre todo, cortafuegos; por lo tanto, deben siempre estar a punto para cerrarse y funcionar correctamente sin que ningún obstáculo lo impida y observando especial interés en su mantenimiento para que ninguna pieza de la misma esté en mal estado. Las puertas cortafuegos tienen un grado de resistencia al fuego conseguido en una prueba de laboratorio y con una homologación. Ello implica que debe ser instalada atendiendo a estas pruebas, cuestión que el fabricante debe detallar en las “normas de instalación” que se acompañan al vender la puerta. Lo mismo ocurre en su reparación y mantenimiento

Los sistemas de control de humos, se trata de barreras de humos, exutorios y ventiladores que evacuan el humo del edificio para preservar libre de humo los espacios de evacuación y retrasar el calentamiento estructural.

Los sistemas de señalización fotoluminiscente en vías de evacuación: es la combinación de productos fotoluminiscentes para posibilitar la evacuación y/o salida desde la zona de peligro hasta un área segura, así como facilitar la localización y utilización de los equipos e instalaciones de emergencia y seguridad contra incendios. Pueden agruparse básicamente en señales y balizamientos. Las señales fotoluminiscentes sirven para indicar las salidas de emergencia, pero también las instalaciones de seguridad, etc. y deben ser situadas en zonas a la altura de la vista o por encima del dintel de las puertas.

Por su parte, los sistemas de protección estructural trabajan protegiendo la estructura de manera diferente según la naturaleza del material empleado, así por ejemplo las pinturas intumescentes reaccionan a la elevación de la temperatura generando una espuma que aísla la estructura manteniéndola fría temporalmente, los ignifugantes son aditivos que se aplican a la madera para retardar la aparición de gases combustibles, los paneles de lana de roca constituyen una barreta contra el fuego gracias a la baja conductividad térmica de este material y la elevada temperatura de fusión, las placas de fibro silicato basan su resistencia al fuego en el tiempo que tardan en deshidratarse. Los morteros protegen las estructuras tanto por resistencia térmica como por su poder refrigerante durante la deshidratación del agua contenida según sea el material de que son compuestos.

Por su parte, la Protección Activa tiene un papel esencial en la detección y extinción de incendios. Esta protección se realiza mediante una combinación de extintores portátiles, bocas de incendio equipadas, rociadores automáticos, sistemas de evacuación de humos, sistemas de inundación mediante gases inertes, sistemas de detección y alarma, etcétera.

El extintor

El extintor es el elemento más básico que hay que tener el lugar de trabajo para evitar que un conato de incendio pase a estadios mayores. Existe una gran variedad de extintores dependiendo del tamaño y el tipo de riesgo que se quiera proteger, cada uno adaptado a las necesidades de cada edificio. El extintor debe situarse siempre en un lugar visible, de fácil acceso (nunca a una altura superior de 1,70 m). Debe de ser mantenido según Norma UNE de Mantenimiento, y en todo caso estas labores tienen que ser siempre realizadas por empresas mantenedoras de extintores autorizadas.

La boca de incendio equipada

Se trata de un equipo para la extinción de incendios ensamblado en una caja metálica con puerta que se cuelga en la pared, compuesto por una manguera enrollada y lanza. Las bocas de incendios equipadas (BIE) pueden ser de 45 mm (uso profesional bomberos) y de 25 mm, por su facilidad de uso y por la eficacia en la extinción las hacen muy recomendable para colocar en los lugares de más riesgo. Su diseño, instalación y otras características están recogidas en las correspondientes normas UNE/EN.

Hidrantes

Es un aparato hidráulico que conectado a una red de abastecimiento de agua que surte de caudal en caso de incendio. Cada vez se instala más de manera voluntaria.

Su diseño, instalación y otras características están recogidas en las correspondientes normas UNE/EN.

Detección de incendios

Los sistemas de detección y alarma han mantenido una evolucionado tecnológica extraordinaria, sobre todo en la línea de la detección incipiente. La tendencia sobre los nuevos productos que se están investigando son sistemas de detección puntual para todo tipo de ambientes, ya sean de extrema suciedad o ambientes especiales que hoy en día son de muy difícil cobertura porque los equipos disponibles no cubren todas las necesidades existentes. Es el sistema más precoz.

El sistema está compuesto por varios detectores, que se instalan en cada habitación y que van conectados a una central de alarma, que es la que analiza puntualmente los datos que “lee” de cada detector. Normalmente esta instalación va unida a la de los rociadores automáticos.
Su diseño, instalación y otras características están recogidas en als correspondientes normas UNE/EN.

Rociadores automáticos

Se trata de un sistema de extinción fijo que se instala atendiendo a un proyecto previo de un técnico especializado. Es el sistema probablemente más eficaz para la protección de incendios de forma automática, diseñado específicamente no sólo para la protección de bienes sino de la vida humana. Su eficacia está probada en recientes estadísticas realizadas por el organismo NFPA, que señala que el 99 por ciento de los incendios quedaron extinguidos utilizando este sistema. Instalar un sistema de rociadores automáticos se podría comparar a tener un bombero automático en cada habitación.

Las características, especificaciones y condiciones de instalación de estos sistemas se deben ajustar a lo prescrito en las normas UNE/EN. Esta norma contempla la clasificación de riesgos, la dotación de abastecimientos de agua, los componentes a emplear, la instalación y puesta en marcha del sistema, su mantenimiento y la ampliación de sistemas existentes. Identifica los detalles de la construcción que son críticos para el funcionamiento satisfactorio de sistemas de rociadores automáticos.

PRODUCTOS CON MARCADO CE

La principal garantía al adquirir los productos contra incendios es que lleven marca de calidad y / o Marcado CE , este último exigido por el nuevo CTE. Asimismo, los trabajos de instalación y mantenimiento de los sistemas y equipos de PCI deben ser realizados por empresas instaladoras y mantenedoras autorizadas por las Consejerías de Industria de las Comunidades Autónomas, en los apéndices que señala el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (R. D. 1942/1993, de 5 de noviembre) y que corresponden al trabajo a realizar.

Por último, recordar la responsabilidad de los empresarios y trabajadores en la prevención y protección contra incendios.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales dispone que el empresario, sea contratista o subcontratista, atendiendo al tamaño y la actividad de la empresa, y a la presencia de personas ajenas a la misma, “deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas” (Art. 20).

SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LA VIVIENDA



LA VIVIENDA, EL INCENDIO MÁS COMÚN


En el capítulo de vivienda, los datos que se manejan obligan a revisar nuestros conceptos de seguridad y confort. Mientras que el equipamiento de electrodomésticos e instalaciones de mejora, va en aumento, este crecimiento no es proporcional en términos protección contra incendios. Esta falta de conciencia sobre los beneficios que aporta la instalación de unos equipos que nos salvaguardan la vida y buena parte del patrimonio familiar, merece un cambio en nuestra percepción sobre la seguridad en nuestros hogares.

Los incendios de origen eléctrico en viviendas provocan cerca de 100 muertos anuales en España. La falta de mantenimiento y revisión de las instalaciones eléctricas en los hogares son la causa de unos 12.000 incendios al año, con un saldo de 94 muertos y cerca de 2.700 heridos.

Según un estudio realizado por el Instituto Europeo del Cobre, los problemas de inseguridad relacionados con las instalaciones eléctricas domésticas afectan a la mitad de los 140 millones de hogares en Europa, especialmente a aquellos construidos antes de 1980. En la última década, el número de incendios motivados por la electricidad ha aumentado un 25%.

En España, concretamente, el número de muertes es un 50% superior al de los países comunitarios.

Proteger viviendas no resulta muy costoso; si la vivienda está en fase de construcción, el precio aumenta en un 2 % ó 3 %, aproximadamente, y si ya está construida y se quieren instalar elementos de protección, la inversión ronda entre 1.000 y 6.000 euros, dependiendo de los metros cuadrados a proteger.

Código Técnico de la Edificación: Protección contra incendios

La sección SI 4 Detección, control y extinción de incendios del CTE, los edificios de viviendas deben disponer de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en el cuadro 5. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le sea de aplicación.

Cuadro 5
Uso previsto del edificio o establecimiento
Instalación
Condiciones
En general

Extintores portátiles
Uno de eficacia 21A -113B:
- Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.
Bocas de incendio
En zonas de riesgo especial alto
Ascensor de emergencia
En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 50 m.
Hidrantes exteriores
Si la altura de evacuación descendente exceda de 28 m o si la ascendente excede 6 m, así como en establecimientos de densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m2 y cuya superficie construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m².
Al menos un hidrante hasta 10.000 m2 de superficie construida y uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.
Instalación automática de extinción
Salvo otra indicación en relación con el uso, en todo edificio cuya altura de evacuación exceda de 80 m.

Residencial Vivienda
Columna seca

Si la altura de evacuación excede de 24 m.
Sistema de detección y de alarma de incendio
Si la altura de evacuación excede de 50 m.
Ascensor de emergencia
En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 35 m.
Hidrantes exteriores
Uno si la superficie total construida esté comprendida entre 5.000 y 10.000 m2. Uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.
Aparcamiento
Bocas de incendio

Si la superficie construida excede de 500 m2. Se excluyen los aparcamientos robotizados.
Columna seca
Si existen más de tres plantas bajo rasante o más de cuatro sobre rasante, con tomas en todas sus plantas.
Sistema de detección de incendio
En aparcamientos convencionales cuya superficie construida exceda de 500 m2. Los aparcamientos robotizados dispondrán de pulsadores de alarma en todo caso.
Hidrantes exteriores
Uno si la superficie construida está comprendida entre 1.000 y 10.000 m2 y uno más cada 10.000 m2 más o fracción.
Instalación automática de extinción
En todo aparcamiento robotizado.
Extintores portátiles
Uno de eficacia 21A -113B:
- Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.